A- de 2022
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Comparta Eps·Demandado Departamento Del Tolima
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Ibagué y el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Ibagué.
Dicho conflicto se presentó por la Entidad Promotora de Salud Comparta que interpuso una demanda de carácter ejecutivo en contra de la Secretaría de Salud del Departamento del Tolima, con el fin de que obtener el pago de obligaciones contenidas en facturas de ventas originadas en la prestación de servicios como suministro de medicamentos e insumos no incluidos dentro de las coberturas del POS.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que no se cumple con el presupuesto subjetivo para la configuración de un conflicto de jurisdicciones, porque el conflicto fue presentado por dos juzgados de la misma jurisdicción, por lo que tienen superior jerárquico común y el conflicto debe ser resuelto dentro de la Jurisdicción Ordinaria.
Con base a lo anterior, la Corte decide declararse inhibida y remitir el expediente al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Ibagué para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia debido a la falta de competencia, de conformidad con los argumentos esbozados en la parte motiva de esta providencia.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1931 al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Ibagué para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión al demandante y a los demás interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.